152
CÁLAMO / Revista de Estudios Jurídicos. Quito - Ecuador. Núm. 20 (Enero, 2024): 152-157
ISSN Impreso 1390-8863 ISSN Digital 2737-6133
Conversando sobre artes y la enseñanza del Derecho
Cálamo 20
Enero 2024
CONVERSANDO SOBRE ARTES Y LA ENSEÑANZA DEL DERECHO
Entrevista con Jorge González Jácome*
TALKING ABOUT ARTS AND LAW TEACHING
Interview with Jorge González Jácome
FALANDO SOBRE ARTES E EDUCAÇÃO JURÍDICA
Entrevista com Jorge González Jácome
Entrevista realizada por escrito entre el 14 de agosto y el 4 de septiembre de 2023
* Jorge González Jácome es profesor asociado y director del doctorado en Derecho de la Universidad de los Andes, Colombia. Es doctor en Derecho por
la Universidad de Harvard, magíster en Derecho por la Universidad de los Andes y abogado por la Ponticia universidad Javeriana, Colombia. Ha sido
profesor visitante en el Centro de Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Stanford. Su docencia y su investigación giran alrededor de la Teoría
Jurídica, la Historia, el Derecho y la Literatura. Es autor de la novela La incierta forma del tiempo (Uniandes 2023) y de Revolución, Democracia y Paz.
Trayectorias de los derechos humanos en Colombia 1973-1985 (Tirant Lo Blanch-Uniandes 2019), entre otras. Es también cofundador del Podcast El
derecho por fuera del Derecho. Correo electrónico: j.gonzalez@uniandes.edu.com
** María Helena Carbonell Yánez es abogada y doctora en Derecho, docente de posgrado en varias universidades ecuatorianas en materias relacionadas
con Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Derecho Internacional, Litigio Internacional y género. También es consultora para instituciones
del Estado y organizaciones de la sociedad civil en temas que incluyen delitos con una visión de género, graves violaciones a los derechos humanos y
política pública. ORCID: 0000-0003-0114-7592. Correo electrónico: maria.helena.carbonell@gmail.com
Cómo citar esta entrevista: Carbonell Yánez, María Helena. 2024. “Conversando sobre artes y la enseñanza del Derecho. Entrevista con
Jorge González Jácome. Revista de estudios jurídicos Cálamo, n.
o
20: 152-157.
María Helena Carbonell Yánez**
153
CÁLAMO / Revista de Estudios Jurídicos. Quito - Ecuador. Núm. 20 (Enero, 2024): 152-157
ISSN Impreso 1390-8863 ISSN Digital 2737-6133
María Helena Carbonell Yánez
Cálamo 20
Enero 2024
MARÍA HELENA CARBONELL YÁNEZ (MHCY):
Para comenzar esta entrevista me gustaría hacer un
acercamiento conceptual. ¿Qué podemos entender
por arte? Si bien la denición de arte es abierta y sub-
jetiva, podríamos decir que está abierta a debate y su
denición ha cambiado con el paso del tiempo. Tal
vez podemos decir que el arte es un componente de
una determinada cultura que trasmite ideas y valores
inherentes a ella. Por ello, con el paso del tiempo, las
expresiones artísticas cambian dentro de una misma
cultura. Ahora, para comenzar en un punto común:
¿Qué deberíamos entender por arte? ¿Qué entende-
remos en estas páginas por arte?
JORGE GONZÁLEZ JÁCOME (JGJ): Creo que arran-
car por acá nos delata como abogados que trabajamos
con un afán por denir y precisar el lenguaje. El arte
es un lenguaje que, creo, no arranca de deniciones, lo
cual nos deja en una posición extraña. Tú lo has dicho,
además, es una pregunta que desde la propia teoría del
arte tiene un debate enorme y muy largo. Y quizás esto
es así porque muchas personas que intervienen en el
campo artístico intervienen para correr o delinear la
frontera sobre lo que es el arte con su propia obra. Por
supuesto, el arte conceptual es lo primero que se le vie-
ne a uno a la cabeza en este punto. No sé si hay forma
de denirlo y no sé si tenga sentido hacerlo. Por eso
siento que puede ser más fructífero hablar de experien-
cia estética, que la entiendo como el cúmulo de afectos
o emociones (belleza, fealdad, atracción, repulsión,
asco, agrado, venganza, compasión, piedad, etc.) que
nos produce el contacto con el mundo. Hay algunos
objetos o espacios que producen de una manera más
evidente estas experiencias, como pueden ser la pintu-
ra, la fotografía, el cine o la literatura, por mencionar
los más evidentes. Pero ello no excluye que el Derecho,
por ejemplo, produzca estas experiencias estéticas. Lo
que ocurre es que en nuestra cultura demandamos,
convencionalmente, una aproximación al Derecho que
neutralice esa experiencia estética y nos conecte con lo
que entendemos como racional. Por eso pareciera que
buscáramos un otro dónde, sin remordimiento, poda-
mos dar rienda suelta a la experiencia estética.
MHCY: Si consideramos que la concepción de arte
varía en el tiempo y tiene un componente altamente
subjetivo en su apreciación, ¿qué hacemos frente a las
nuevas formas de expresiones artísticas que muchas
personas no las consideran como arte? Estoy pensan-
do, por ejemplo, en los gratis o el arte digital.
JGJ: Creo que esto, en parte, se responde con lo que te
mencionaba anteriormente y siento que vale la pena
pensar en qué tipo de experiencia estética nos propo-
nen ciertas manifestaciones artísticas como el grati o
el arte digital. Creo que el grati o arte callejero, por
ejemplo, producen una experiencia estética fascinante
porque en su mayoría conectan con un reclamo so-
ciopolítico. Buena parte del arte callejero ha tenido esa
potencialidad y hay ejemplos fascinantes de ello: uno
es Belfast, en Irlanda del Norte, donde luego de 1968
en el conicto político entre católicos (republicanos)
y protestantes (unionistas), las paredes de los barrios
fueron utilizadas para marcar territorios del propio
conicto. Había muros de casas y barrios donde había
odas a una u otra parte de ese conicto y la ciudad
se fue coloreando con el arte como un territorio de
guerra. Por supuesto, se trataba de marcar, de generar
identidad y lealtad a partir de la producción de una
experiencia estética al alcance de cualquiera. Luego del
Good Friday Agreement y la paz rmada entre las par-
tes, los muros estaban llenos de estas manifestaciones y
muchos consideraron fundamental no perder esa tra-
dición artística callejera; había que volver a pintar los
muros para que mostraran la paz que se había logrado.
Así se transformaron muchos muros en Belfast. Lo que
muestra este ejemplo es la conanza que tenemos en
que la experiencia estética es clave para la formación
de los signicados culturales y políticos de nuestro
mundo social.
Creo que una característica de la experiencia estética es
que puede producir, al menos, dos cosas: una de ellas es
la conexión con el mundo político. Usamos una expe-
riencia estética para conectar con una reexión política
que permita al espectador posicionarse en un debate
o comprenderlo mejor. Pero no menos importante en
esa experiencia estética es que se pueda, a través de
ella, cuestionar la existencia individual y la colectiva.
Citando a Milan Kundera, el escritor colombiano Juan
Gabriel Vásquez decía que una de las virtudes de la lite-
ratura es que puede llevarnos a preguntas sobre nuestra
propia existencia a través de la experiencia de otros.
Creo que si una manifestación artística, sea cual sea,
154
CÁLAMO / Revista de Estudios Jurídicos. Quito - Ecuador. Núm. 20 (Enero, 2024): 152-157
ISSN Impreso 1390-8863 ISSN Digital 2737-6133
Conversando sobre artes y la enseñanza del Derecho
Cálamo 20
Enero 2024
nos permite cuestionar nuestra existencia a través de la
experiencia estética a la que nos invita, no hay mayor
problema en meterla en ese empaque de lo artístico.
MHCY: Este número de Cálamo aborda la relación
entre las expresiones artísticas y el Derecho desde
diversas aristas. Una de las aristas que nos interesa
en esta entrevista es la relación entre el arte y la
enseñanza del Derecho. Para algunos autores y
autoras, como Parra, Restrepo y Caicedo, el dere-
cho al arte abarca la utilización del arte para nes
diversos; por ejemplo, nes políticos y culturales.
Uno de esos nes es ayudar a garantizar el derecho
a la educación. En este contexto, el arte puede ser
una herramienta para lograr una enseñanza crítica
de la realidad que pueda contribuir a cambiarla.
Teniendo en cuenta que Cálamo es una revista
jurídica editada por una institución de educación
superior, la UDLA, quiero hacerte algunas pregun-
tas prácticas destinadas a los y las docentes. De tu
experiencia como docente, ¿por qué usar las diver-
sas expresiones artísticas como herramientas para
la enseñanza del Derecho?
JGJ: Yo llegué a las artes desde dos perspectivas. En pri-
mer lugar, las artes aparecieron como una herramienta
pedagógica para poder llamar la atención de los estu-
diantes y sacarlos un poco de la aridez del Derecho. Yo
creo que este es un uso clásico de las artes en el salón
de clases. Leer a Kaa, por ejemplo, es todo menos
novedoso en una clase de Introducción al Derecho que
pretenda entablar un diálogo con los problemas claves
de la disciplina.
Pero la segunda llegada, y considero que esta es la más
fructífera, va de la mano quizás de la comprensión del
Derecho y la literatura como un movimiento teórico
que nos permite abordar problemas jurídicos desde
diferentes niveles. Y esa interacción entre el Derecho
y la literatura, que de la mano de Julie Stone Peters
se extendió al Derecho y las humanidades, es la que
me parece más útil en el presente. Este es un proyec-
to que se renueva en un texto como el que editaron
Bernadette Meyler y Elizabeth Anker bajo el título de
New Directions in Law and Literature en 2016.
En esta interacción más amplia entre el Derecho y
las humanidades, o las artes, se plantean una serie de
preguntas que para mí son las más interesantes: ¿cuáles
son las demandas de justicia que contienen las artes y
cómo se intersecan o se distancian de las del Derecho?
¿Cómo se disputan o se hablan las artes y el Derecho
para poder construir signicados culturales y sociales
sobre el mundo que nos rodea? Y, nalmente, ¿cuáles
son las posibilidades que nos abre la experiencia estéti-
ca para hacer estudios críticos sobre el Derecho? Estas
son quizás las tres preguntas que más me interesan en
el Derecho y, aunque no las aborde explícitamente en
cada uno de los cursos que enseño, son cuestiones que
están en el trasfondo cuando planeo un programa o
incluso cada actividad.
MHCY: ¿Cuéntanos cuál ha sido tu experiencia
usando al arte como herramienta de enseñanza uni-
versitaria del Derecho? Tal vez podríamos diferenciar
entre enseñar Derecho en las aulas universitarias y
otras capacitaciones o formaciones en las que hayas
usado esta herramienta.
JGJ: Creo que la experiencia tiene varios niveles. Por un
lado, está lo que percibo como reacción de los estudian-
tes; y por otro, lo que usarlas produce en la construcción
de mi proyecto académico.
Desde el punto de vista de los estudiantes, creo que
hay dos experiencias antagónicas que he percibido a lo
largo de los años. La primera, un poco negativa y que
nos hace ver el riesgo del uso de estas estrategias, está
relacionada con el uso clásico de las artes en el aula de
clase, ese uso que pretende atraer la atención usando
las artes para luego abandonarlas para dedicarse a
“lo que realmente importa. Usadas así, para algunos
estudiantes, la aparición de las artes es leída como una
pérdida de tiempo, porque deberían dedicarse a otras
cosas que sí son parte de lo que perciben como práctico
e importante. Un ejemplo: hace unos años, siguien-
do la pista de Richard Parker (profesor de Derecho
Constitucional de la Universidad de Harvard), decidí
asignar el cuento Mario y el Mago a mis alumnos de
Derecho Constitucional. El argumento del cuento,
leído desde los ojos de Parker, es que en el Derecho
Constitucional contemporáneo hay dos sensibilidades
155
CÁLAMO / Revista de Estudios Jurídicos. Quito - Ecuador. Núm. 20 (Enero, 2024): 152-157
ISSN Impreso 1390-8863 ISSN Digital 2737-6133
María Helena Carbonell Yánez
Cálamo 20
Enero 2024
que se disputan irremediablemente su predominancia
y que dichas sensibilidades explican buena parte de
la doctrina constitucional: el populismo (dar rienda
suelta a las mayorías) y el antipopulismo (frenar a las
mayorías). El cuento es exigente a nivel narrativo y
el estudiante tiene que dedicarle tiempo para poder
sacar conclusiones relevantes para la clase. Además,
es relativamente extenso. Algunos estudiantes de
Derecho no tienen paciencia para leer estos textos,
para apreciar el arte, puesto que se acostumbran a
leer o a mirar únicamente para identicar reglas.
Como esto no se produce en la literatura, leen rápido
para simplemente saber el punto de la historia y no
profundizan. Lo toman como un texto secundario,
algo que está diseñado sólo para atraer, pero no para
entender mejor lo que está en juego en una disputa
constitucional, por ejemplo.
De otro lado, hay experiencias positivas, estudiantes
que al nal del semestre me dicen que de lo que más
se acordarán en el curso es de nuestra lectura de tal
novela o de haber visto tal película. Recuerdo dos
casos puntuales: Divorcio en Buda, de Sándor Márai,
y Víctima, una película británica de 1961. En el primer
caso, la novela de Márai la escogí para transmitir un
punto que articulaba la hipótesis del curso de Teoría
Jurídica: no podemos entender la Teoría del Derecho
de los siglos XX y XXI si no entendemos la muerte
de Dios. Esta novela, en la cual un juez tiene que
decidir un caso de divorcio, aparentemente simple,
en medio de la incertidumbre del futuro del imperio
austrohúngaro, es una materialización de la caída de
los criterios morales universalmente aceptados para
encontrar lo correcto. Víctima, por su parte, es una
película sobre la criminalización del homosexualismo
en el Reino Unido, que enfrentó a H.L.A. Hart y Lord
Devlin sobre la necesidad de que el Derecho Penal in-
corporara o no la moralidad popular. En ambos casos
los estudiantes leyeron el libro y vieron la película con
paciencia y entendieron por qué hacíamos lo que ha-
cíamos. Las dos manifestaciones artísticas no fueron
consideradas como arte en el curso, sino como textos
desde donde se podía teorizar el Derecho. Por eso creo
que fueron exitosas. Creo que el éxito depende no solo
de los estudiantes, sino de tener claro qué busca uno
con los textos. Y, por supuesto, hay materias donde
el estudiante está más abierto a leer una novela o ver
una película con seriedad que en otras.
Desde el punto de vista de mi propio proyecto académi-
co, creo que la interacción con las artes nos debe llevar
a cuestionar el tipo de trabajo que podemos producir
desde el Derecho. Las revistas académicas de Derecho
en nuestra región están en una pelea por acomodarse a
los requisitos de los indexadores, lo que nos hace con-
centrarnos menos en cuestiones sustanciales y más en
unos aspectos formales que tenemos que cumplir para
que podamos estar en bases de datos internacionales.
Esto lleva a que estas apuestas formales estén gober-
nando el género en el que escribimos y pensamos el
Derecho -muchas veces mediante artículos repetitivos,
aburridos o poco consultados-. Quisiera entender que
las artes, por ejemplo, la literatura, nos invitan a recon-
siderar la forma cómo escribimos, la sensibilidad que
podemos despertar desde el Derecho, y nos invitan a
explorar otras formas de escribir o presentar nuestras
investigaciones. ¿Por qué no pensar en el documental
como una forma de presentar nuestros hallazgos? ¿Por
qué nos cuesta tanto jugar con lo audiovisual? La inte-
racción con las artes nos debe llevar a pensar no solo
desde el punto de vista del contenido, sino de la forma.
Marshall McLuhan decía que el medio es el mensaje.
No es posible renovar el contenido de nuestras investi-
gaciones si no estamos pensando simultáneamente las
formas y creo que la experiencia de usar las artes puede
llevar hacia allá.
MHCY: ¿Cuál es tu forma de expresión artística
preferida para enseñar Derecho y por qué?
JGJ: Creo que no es tanto cuestión de favoritos, sino de
las que han entrado más naturalmente al aula de clase
y se han acoplado a mis intereses. Creo que el cine y
la literatura son las principales. La literatura entró por
cuestiones personales y teóricas. Las personales tienen
que ver con que la actividad que más me gusta en la vida
es la escritura. Durante buena parte de mi vida adoles-
cente en el colegio y postadolescente en la universidad
escribía cciones, cuentos cortos y algo de poesía.
Algunos se publicaron, otros quedaron en cuadernos
que se fueron perdiendo o regalando a las personas que
fueron llegando a la vida y con quien ellos adquirían
156
CÁLAMO / Revista de Estudios Jurídicos. Quito - Ecuador. Núm. 20 (Enero, 2024): 152-157
ISSN Impreso 1390-8863 ISSN Digital 2737-6133
Conversando sobre artes y la enseñanza del Derecho
Cálamo 20
Enero 2024
signicados. El ocio de abogado fue restringiendo el
tiempo para escribir y me convertí en lector de ccio-
nes. Cuando estaba haciendo mi doctorado, cada vez
que tenía una pausa de escritura, sacaba una novela de
la biblioteca para descansar. Pero cada vez que sacaba
esas novelas estaban relacionadas con mi tema de tesis.
Por ahí se fueron integrando los dos yos: el literato y el
jurista. Durante mis años doctorales tomé una clase de
Derecho y Humanidades con Janet Halley y un curso de
Escritura Creativa con una escritora surafricana, Rose
Moss. Allí la suerte estaba echada. El proceso docto-
ral, no la tesis, permitió esa exploración que terminó
luego con el encuentro con un muy querido colega,
Héctor Hoyos, del Departamento de Culturas Ibero
y Latinoamericanas de la Universidad de Stanford.
Héctor, un literato que estaba interesado en el Derecho,
fue el espejo de mi interés en la literatura. Y desde hace
diez años venimos trabajando juntos para armar una
agenda de docencia e investigación interdisciplinaria.
Hemos enseñado y escrito juntos y ahora preparamos
un trabajo de Derecho y literatura que seguramente
terminaremos el otro año.
Al cine llegué en el marco de esta denición amplia de
las humanidades. Mi buen amigo Nicolás Parra está
en Estados Unidos haciendo su doctorado. Cuando
inició la pandemia nos pusimos a hablar y las pelícu-
las siempre entraban a la conversación sobre la vida.
Decidimos iniciar el proyecto El Derecho por fuera del
Derecho, un podcast que tiene cerca de sesenta episo-
dios. En él caímos en cuenta de que nuestras películas
favoritas y nuestra experiencia de ellas estaba ltrada
por las experiencias vitales, entre ellas ser abogados.
Y no se trata únicamente de pensar el Derecho desde
los famosos courtroom dramas. Eso es importante,
pero también nos importa cómo películas que parecen
lejanas del Derecho pueden ser leídas desde ese lente,
desde su teoría y desde sus preguntas. Acá la idea de
Mnookin y Kornhauser de que en las transacciones co-
tidianas estamos a la sombra del Derecho, nos inuyó
poderosamente. Y poco a poco el acuerdo que tenemos
es que desde el podcast estamos haciendo una teoría
pop sobre Derecho y existencialismo, entendido este
último como el drama o la pregunta sobre qué signica
1 https://www.laimagenjusta.com/
2 https://redalas.net/
ser libre. ¿Se puede hacer una teoría del Derecho desde
una perspectiva que nos indica que no hay una autori-
dad able desde la cual podemos justicar la corrección
de nuestras acciones y que simplemente decidimos? Si
hay una línea que nos ha permitido el cine, en especial
nuestras incursiones al cine negro, es ésta.
MHCY: Existe el proyecto de la Imagen Justa
1
, en el
cual tú participas. ¿Podrías contarnos en qué con-
siste y cómo podría convertirse en una herramienta
para los y las docentes de Derecho?
JGJ: Creo que es uno de los proyectos más emocionan-
tes que hay sobre el Derecho y el género en el marco
de la Red ALAS
2
. La inequidad de género es uno de
los problemas más agobiantes en la actualidad y la
Imagen Justa ha recogido una serie de manifestaciones
artísticas que pueden ser usadas por académicas y aca-
démicos para repensar su pedagogía y su investigación
en el tema. El proyecto ha creado, y sigue ampliando
periódicamente, un catálogo importante de novelas,
pinturas, videoensayos, documentales y películas que
pueden ayudar a armar clases sobre este tema. La ven
-
taja es que el proceso curatorial del proyecto le permite
al docente entrar a la página y leer un par de párrafos
que lo guían sobre lo que una novela o manifestación
artística busca y la forma como podría usarse. Esto es
clave para que, al momento del diseño, el docente sepa
cuáles son las preguntas más fructíferas que puede
abordar con esas manifestaciones artísticas. Además,
creo que las curadoras del proyecto han hecho que
entrar a la página sea en sí misma una experiencia
estética conmovedora con la cual, si la exploramos
con cuidado, nos transformamos. Es conmovedor el
propio proyecto, y quiero aclarar que yo no he tenido
nada que ver en este montaje. He sido invitado a parti-
cipar en el diseño de un taller para pensar cómo usar
el material. En este sentido, creo que la virtud de las
obras curadas por la Imagen Justa es que es imposible
no incorporar la sensibilidad: se impactan los afectos
-entendidos como algo físico, pre-racional- y senti-
mos que algo pasa en nuestro cuerpo cada vez que
navegamos esta página. Así lo siento. Esto nos puede
ayudar a pensar que los afectos también están en juego
157
CÁLAMO / Revista de Estudios Jurídicos. Quito - Ecuador. Núm. 20 (Enero, 2024): 152-157
ISSN Impreso 1390-8863 ISSN Digital 2737-6133
María Helena Carbonell Yánez
Cálamo 20
Enero 2024
en la apuesta de justicia que el Derecho propone y que
las artes cuestionan o acompañan.
MHCY: El Derecho tiende a ser enseñado guardan-
do siempre una serie de formalismos que crean un
habitus en los abogados-as que se mantiene a lo
largo de sus carreras. Ese formalismo se incorpora
en la mente de los y las estudiantes desde el primer
día de su carrera y puede generar cierta reticencia
ante el uso de herramientas y metodologías de ense-
ñanza diferentes o que rompen con el hábito propio
de la enseñanza del Derecho. ¿Qué estrategias has
usado tú para anquear esta posible resistencia por
parte de tus estudiantes y tus colegas?
JGJ: Tengo la fortuna de trabajar en una facultad de
Derecho en la que estudiantes y colegas, por lo gene-
ral, son abiertos a la experimentación con métodos
de enseñanza, y donde hay una aceptación a aproxi-
maciones creativas. No quiere decir que siempre la
experiencia sea exitosa, pero mal haría diciendo que
hay resistencia de estudiantes, y sobre todo de colegas.
Me gusta hablar más de los desafíos de los que hay que
ser conscientes y de nuestras responsabilidades. En
nuestro medio, el Derecho es un pregrado y recibimos
estudiantes muy jóvenes, de diecisiete o dieciocho
años. A mi modo de ver, esto plantea que tenemos
una doble responsabilidad de formación. Formamos
profesionales, pero también participamos en años
claves en los cuales las personas toman decisiones
personales sobre su identidad y eligen caminos que los
marcan por buena parte de su vida. En este contexto,
el uso de las artes debe ser consciente de las dos cosas:
deben conectar con el interés profesional, pero tam-
bién ser un medio para que puedan reexionar sobre
la vida a través de las experiencias de otros, a través
de otras formas de ver el mundo. Esto lo dan las artes.
Recuerdo que ya adulto, nuevamente en mi doctorado,
el profesor Richard Parker abrió un curso en el que leí-
mos La montaña mágica de omas Mann. Creo que
es el mejor curso de mi vida. Era un club de lectura
y desde ese complejo libro fuimos pensando nuestra
vida. Quizás hubo menos Derecho del que siento que
deberíamos enseñar cuando estamos en educación de
pregrado y en los años formativos, pero preguntarme
sobre la vida desde La montaña mágica fue una de las
experiencias más graticantes que he tenido en un
aula de clase como profesor o estudiante. Así es que la
estrategia es no olvidar que formamos abogados, pero
que también tenemos frente a nosotros personas que
se están haciendo preguntas muy intensas y que no
los debemos abandonar como maestros.
Esto lleva a dos aspectos prácticos: acompañar el
material artístico con materiales jurídicos para que
en la interacción de las disciplinas algo ocurra, y de-
dicar tiempo de clase a lecturas de estos materiales
que conectarán con preocupaciones vitales que no
deben separarse del proceso profesional. Creo que las
profesiones son formas de lidiar con el mundo y su
confusión. Por eso hay que integrarlos.
MHCY: Ahora enfoquémonos en los recursos dis-
ponibles y en las metodologías que has usado. Hay
muchas películas que dicen que son perfectas para
enseñar Derecho ya que son sobre abogados o abo-
gadas o sobre juicios (famosos o no famosos), pero
¿qué consideras que debería tener un recurso visual
como una película para ser considerado adecuado
para la enseñanza del Derecho?
JGJ: Que nos deje incómodos, que no nos deje seguir
con tranquilidad la vida hasta que la tengamos que
ver otra vez, leer otra vez, y se nos meta en nuestros
pensamientos cotidianos. Cualquier recurso tiene la po-
tencialidad de producirnos esto por diferentes razones.